lunes, 5 de septiembre de 2011

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO

martes, 23 de agosto de 2011

estructura curricular y reglamento aprediz

PERFIL DEL APRENDIZ SENA

Libre Pensador:
Con conciencia crítica, constructiva y respetuosa de las ideas propias y las de los demás.
Con Capacidad Crítica:
Que construye en sus críticas, un aporte a la solución delos problemas
Solidario:
Busca el bien y no solo el propio, se deja guiar por sus principios y valores, comprometido con la sociedad y el entorno, para que Colombia crezca a través de sus ideas, acciones y esfuerzos.
Líder:
Es aquel que se atreve a ser creativo e impulsar un cambio en busca de nuevos rumbos para transformar y mejorar una situación.
Visión
: Tiene su visión puesta en el futuro y dirige sus energías hacia el cambio con una actitud proactiva y optimista; facilita el trabajo colaborativo, es capaz de enfrentar problemas complejos, ante los cuales no se muestra atemorizado, y tiene éxito al enfrentar los diferentes tipos de crisis (familiares, económicas, políticas, espirituales, etc.). Además de esto, es valiente, demuestra integridad y compromiso. Para actuar en ambientes de trabajo, de forma independiente o vinculada a una empresa, donde se generan situaciones imprevistas que requieren soluciones prácticas.

DERECHOS DEL APRENDIZ SENA FUNDAMENTADOS EN VALORES

1. A recibir inducción completa del SENA, del proceso formativo y del compromiso como
aprendiz SENA.
2. A la Formación Profesional acorde con el programa en el cual esta matriculado, y al
crecimiento y desarrollo armónico de las dimensiones humanas según lo contemplado en
la misión del SENA
3. A hacer uso adecuado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos,
herramientas, recursos: didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles para
la Formación Profesional.
4. A disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz que apoyan su
desarrollo durante el proceso formativo, en la formación titulada: presencial o bimodal.
5. A participar en las actividades curriculares y extracurriculares de formación
programadas por el SENA.
6. A ser tratado con dignidad y respeto por todos los integrantes de la Comunidad
Educativa ,
7. A recibir orientación académica y de comportamiento que estimule el desarrollo
personal y promueva la convivencia social, sin detrimento de la divergencia política,
ideológica y de credo por parte de quienes tienen la responsabilidad de dirección, de
formación y de apoyo a la formación.
8. A hacer escuchado y atendido en mis peticiones siguiendo el debido proceso y el
derecho de defensa
9. A contar con Planes de Mejoramiento, cuando en el seguimiento al proceso formativo
no se evidencie el logro de los resultados de aprendizaje propuestos o se incumpla o
infrinja los compromisos adquiridos en la matricula.

10. A estar protegido contra riesgos o accidentes durante el tiempo del programa de
Formación y en las actividades que sean realizadas en el Centro de Formación.
11. A disponer de los elementos de seguridad propios del programa de formación
Profesional con el fin de protegerse contra la fuente, el medio y su persona.
12. A ser informado de los avances en el proceso formativo o notificado a través de los
conductos regulares y en forma oportuna de las medidas formativas para su
mejoramiento.
13. A participar en la evaluación de los instructores, como indicador para el mejoramiento
De los procesos formativos
14. A recibir la certificación que le corresponda, una vez cumpla la totalidad de los
requisitos establecidos en el programa de formación y la normativa SENA.
15. A expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la libertad de
expresión de los demás integrantes de la Comunidad Educativa, sin recurrir a situaciones
violentas, causar daños o perturbar el orden y la disciplina del centro.
13. A participar en la evaluación de los instructores, como indicador para el mejoramiento
de los procesos formativos
14. A recibir la certificación que le corresponda, una vez cumpla la totalidad de los
requisitos establecidos en el programa de formación y la normativa SENA.
15. A expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la libertad de
expresión de los demás integrantes de la Comunidad Educativa , sin recurrir a situaciones
violentas, causar daños o perturbar el orden y la disciplina del centro.
16. A recibir en el momento de su matrícula el carné estudiantil que lo acredite como
aprendiz del SENA, a renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al
culminar el programa de formación o en caso de cancelación de matrícula.

DEBERES DEL APRENDIZ SENA FUNDAMENTADOS EN VALORES

Conocer las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz SENA y comprometerse a convivir en la comunidad educativa , de acuerdo con ellos
Informar al coordinador académico sobre el retiro del programa de formación o sobre los
cambios en la información registrada en el momento de la matricula.
Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA,
tanto en la fase lectiva como productiva, y reintegrarlo al finalizar la formación o cuando
se presente cancelación de la matricula. En caso de perdida colocar el denunció
respectivo y solicitar un duplicado
Utilizar los elementos de seguridad dispuestos en los ambientes de aprendizaje para estar
protegidos contra accidentes durante el programa de formación en el SENA.
Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo las instalaciones físicas, el material
didáctico, equipos y herramientas; utilizar, cuidar y hacer buen uso de los materiales, los
elementos de protección personal dispuestos por el SENA en el ambiente de aprendizaje
donde sea necesaria su utilización, aceptando las condiciones de prevención
suministradas por el Instructor- tutor y organizándolos al terminar su utilización,
respondiendo por lo daños ocasionados a éstos, cuando sean ocasionados
intencionalmente o por descuido.
Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia: obrar con
honestidad, respeto, responsabilidad, lealtad, justicia, compañerismo y solidaridad con la
totalidad de los integrantes de la Comunidad Educativa y utilizar el vocabulario que refleje
respeto, cultura y educación en forma directa o a través de medios impresos o
electrónicos (foros de discusión, chats o correo electrónico)
Hacer buen uso de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de lo
Comunidad Educativa, siendo solidario, tolerante y prudente en la información que se
publique en los medios de comunicación y trabajo colaborativo institucional, tanto físicos
como digitales. Evitar el envío de material multimedial que contenga imágenes, videos o
grabaciones que no sean objeto de las actividades formativas.
Respetar los derechos de autor de materiales, trabajos y demás documentos generados
en los grupos de trabajo o de terceros.
Informar al instructor - tutor, coordinador, directivos o personal de apoyo cualquier
irregularidad que comprometa el buen nombre y marcha del centro de formación, de la
entidad y de la comunidad educativa o que considere sospechosa dentro de la Institución
y los ambientes de aprendizaje, permitiendo la actuación oportuna preventiva o correctiva.
Cumplir con las actividades del plan de formación acordado con el instructor – tutor o del
Plan de Mejoramiento en el horario acordado.
Solicitar respetuosamente a los responsables de la información académica los avances en
el proceso formativo y mantenerse informado del juicio de evaluación emitido por el
instructor – tutor.
Apoyar el desempeño de los instructores - tutores en su práctica docente como elemento
orientador y facilitador en la construcción del conocimiento y el mejoramiento institucional
Entregar oportunamente al Coordinador Académico las solicitudes o novedades que se le
presenten durante el proceso formativo, entre ellas la consecución de patrocinio o
vinculación laboral inmediatamente esto ocurra.
Participar en el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental del Centro, colaborando y
fomentando la necesidad de clasificar los desechos, conservar el medio ambiente y el
equilibrio de la naturaleza, y no poner en peligro la supervivencia de especies vegetales y
animales.
i. .
Respetar la dignidad, intimidad e integridad del ser humano al igual que los elementos de
su propiedad, valorando los estímulos o beneficios recibidos sin transferirlos a terceros
Cuidar y mantener la adecuada presentación personal según el ambiente y actividad a
desarrollar.
Apoyar, valorar y acatar las decisiones tomadas en forma grupal, siempre y cuando estasno afecten el buen desempeño formativo, así como respetar la opinión de los diferentes miembros de la Comunidad Educativa
Atender y cumplir las indicaciones para participar en salidas, en pasantías técnicas o
Intercambios de aprendices a nivel nacional o internacional.

PROHIBICIONES DEL APRENDIZ

* portar o usar armas de cualquier indole.
* comercializar portar o ingerir bebidas alcoholicas o estupefacientes.
* hurtar, estafar o abusar de la confianza de la comunidad educativa.
* realizar fraude en evaluaciones.
* alterar, adulterar o falsificar documentos, calificaciones, evaluaciones.
* amenazar, sobornar, coaccionar, agredir verbal o físicamente a cualquier personal de la comunidad educativa.

ALTERNATIVAS DE PERMANENCIAS EN LA ETAPA PRÁCTICA

ARTICULO 6°. Apropiación y desarrollo del conocimiento. La etapa práctica del programa de formación es aquella en la cual el Aprendiz SENA aplica, complementa, fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento, habilidades y destrezas, actitudes y valores.

La etapa práctica que desarrollan los Aprendices en cualquier programa de formación, debe permitirles aplicar en la resolución de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión.

ARTÍCULO 7°. Alternativas de Permanencia en los programas de formación durante la etapa práctica. Para la realización de la etapa práctica requerida en el proceso de formación de los aprendices del SENA, se deben considerar las siguientes alternativas:

• Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje en las diferentes empresas obligadas, o con cuotas voluntarias, incluido el SENA.

• Desempeño a través de vinculación laboral o contractual en actividades relacionadas con el programa de formación.

• Participación en un proyecto productivo, o en SENA – Empresa, o en SENA proveedor SENA o en Producción de Centros, cuando se definen los proyectos en el marco de un programa de formación y estos posibilitan la simulación de entornos productivos reales y la aplicación de conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa para cumplir con el objetivo de la etapa práctica. En este caso el certificado de cumplimiento lo brinda el Subdirector de Centro.

• Servicio Militar. Los aprendices técnicos y tecnólogos que terminen la etapa lectiva y no cuenten con contrato de aprendizaje o no tengan definido su proyecto productivo, podrán incorporarse al ejército a prestar su servicio militar realizando la etapa práctica en actividades afines al programa de formación.

• De asesoría a Mi pymes, aplica especialmente, no exclusivamente, para los aprendices que son beneficiarios de apoyos de sostenimiento, de cualquier programa de formación, para el apoyo en los temas de comercio electrónico, logística y gestión de talento humano. Los aprendices de formación titulada que decidan optar por esta alternativa, deben inscribirse en el Centro de Formación con el responsable de apoyos de sostenimiento, contarán con el apoyo del asesor de fortalecimiento empresarial del Centro en la definición de la solución para la Mi pyme. Esta opción será válida como etapa práctica una vez la Mi pyme certifique el cumplimiento de los objetivos y productos asociados a la asistencia que le brinde el Aprendiz.

• De apoyo a una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda aplicar en las actividades que desarrolla las competencias adquiridas durante su proceso de formación. En este caso el aprendiz hace su propia concertación con la unidad productiva sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie y el certificado de cumplimiento de la pasantía lo brinda el responsable del proceso del aprendiz en la unidad productiva.

• De apoyo a una institución estatal nacional, territorial, o a una ONG, o a una entidad sin ánimo de lucro, para el desempeño de actividades prácticas asociadas a su programa de formación o el desarrollo de un proyecto productivo en un ambiente de formación facilitado por esta institución, donde el aprendiz hace su propia concertación con la institución sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. En este caso el certificado de cumplimiento de la pasantía lo brinda el directivo o responsable del proceso del aprendiz en la institución.

• Monitorias: De acuerdo con la reglamentación establecida en la institución, el desarrollo de monitorias por parte de los aprendices SENA en las especialidades que son afines tecnológicamente a su programa de formación, sea en un Centro de Formación del SENA, en otra institución educativa o en un Tecno parque o en una Tecno academia, serán contempladas como alternativa para la etapa práctica. En este caso el certificado de cumplimiento de las actividades de monitoria lo brinda el Subdirector de Centro.

PARÁGRAFO. La permanencia del Aprendiz en la etapa práctica podrá gestionarse con el acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artículo, o a la combinación de varias de ellas durante el proceso de formación.

ARTÍCULO 8°. Registro de la Etapa práctica. Es responsabilidad del aprendiz registrarse en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices, para poder optar a un contrato de aprendizaje; el Aprendiz es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en este sistema, y verificar que sean iguales a los registrados en el sistema para la gestión de la formación, así como consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que se reportan por parte de los empresarios.

Si el aprendiz opta por otra alternativa diferente al contrato de aprendizaje, esta alternativa debe ser aprobada por el Coordinador Académico del programa en el que participa el aprendiz, y la información deberá reportarse directamente en el sistema para la gestión de la formación.

ARTÍCULO 9º. Seguimiento de la Etapa práctica. El seguimiento de la etapa práctica es obligatorio y se realizará de manera virtual para todos los aprendices. El Aprendiz elaborará una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades desarrolladas en la empresa, o donde esté ejecutando su etapa práctica, de acuerdo con las alternativas de etapa productiva. De esta forma, el Instructor asignado puede hacer seguimiento a las actividades que desempeña el aprendiz a través de la plataforma virtual, garantizando una interacción continua entre el aprendiz y el instructor. De ser necesario, el seguimiento virtual se podrá complementar con pasantías o visitas de instructores a la empresa.

EL CONDICIONAMIENTO DE MATRICULA PODRA IMPONERSE COMO SANCION, EN LOS SIGUIENTES CASOS:

• Cuando la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite con base en los criterios de calificación señalados en los numerales 1 a 7 del artículo 21 de este reglamento.
• Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado como consecuencia de un (1) llamado de atención escrito.
• Cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien dos (2) llamados de atención escritos durante su proceso de formación.
• Cuando el aprendiz ha tenido incumplimiento injustificados en la entrega de las evidencias de aprendizaje o valoración deficiente de los resultados de aprendizaje, que sobrepasen el treinta por ciento (30%) del total del programa de formación.
• Por terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje sin autorización previa del SENA.

c. Cancelación de la matricula. Esta sanción será impuesta por el Subdirector del respectivo Centro de Formación, una vez agotado el procedimiento establecido en este Reglamento, cuando se presente una de las siguientes causas:

• Cuando la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite, con base en los criterios de calificación señalados en los numerales 1 a 7 del artículo 21 de este reglamento.
• Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado, como consecuencia de un condicionamiento de matrícula.
• Cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien que ya tuvo un condicionamiento de matrícula durante su proceso de formación
• Cuando el aprendiz ha tenido faltas injustificadas en la entrega de las evidencias de aprendizaje o valoración deficiente de los resultados de aprendizaje, que sobrepasen el cincuenta por ciento (50%) del total del programa de formación.
• Realizar o apoyar actos que limiten o afecten el derecho a la educación o la locomoción de la comunidad educativa del SENA.
• Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o ser cómplice o copartícipe de delitos contra ellos o contra la institución.
• Destruir, sustraer o dañar instalaciones físicas, equipos, materiales, software, elementos y dotación en general del SENA o de instituciones, empresas u otras entidades donde se desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o intercambios estudiantiles nacionales o internacionales.

La cancelación de la matrícula implica la pérdida del carácter de Aprendiz SENA, y la persona sancionada no podrá participar en procesos de ingreso a la institución por un período que puede variar entre seis (6) y veinticuatro (24) meses, de acuerdo con lo consignado en el acto académico suscrito por parte del Subdirector del Centro. Una vez en firme la sanción, el Aprendiz debe entregar de manera inmediata el carné institucional.

ARTICULO 24. PRINCIPIOS RECTORES PARA LA APLICACION DE SANCIONES:


a. Publicidad: Todo procedimiento sancionatorio que se le adelante por falta disciplinaria o académica, debe ser informado desde su inicio al Aprendiz que presuntamente cometió la falta.

b. Contradicción: El Aprendiz que presuntamente haya cometido una falta, podrá ejercer su derecho de contradicción y defensa dentro de las oportunidades previstas para ello, presentar descargos y solicitar y/o aportar pruebas.

c. Presunción de inocencia: Toda investigación debe partir de la presunción de inocencia en favor del Aprendiz, por lo que la carga de la prueba recaerá sobre los integrantes de la comunidad educativa o el Centro de Formación responsable de imponer la sanción. La duda respecto a la responsabilidad del Aprendiz, se resolverá a su favor.

d. Valoración integral de las pruebas y descargos: Tanto el Comité de Evaluación y Seguimiento del Centro de Formación Profesional, que recomienda la medida sancionatoria a imponer, como el Subdirector del respectivo Centro, deben valorar todas las pruebas aportadas al expediente y los descargos del Aprendiz.

e. Motivación de la decisión: El Subdirector de Centro debe tener en cuenta cada una de las motivaciones y fundamentos de la recomendación que el Comité exprese. Una vez tenga la suficiente ilustración respecto a los hechos motivo de investigación, procederá a expedir el acto académico correspondiente, el cual deberá ser motivado en todos los casos.

f. Proporcionalidad: Las medidas formativas o sancionatorias deben imponerse proporcionalmente a la falta cometida.

g. Impugnación: Los aprendices sancionados podrán impugnar motivadamente la decisión, ante el servidor público que expidió el respectivo acto académico.


ENSAYO DEL CAPITULO 7 Y 8 DEL REGLAMENTO DEL APRENDIZ SENA

CAPITULO 7:
ARTICULO 17. Participación y Cumplimiento. El Aprendiz SENA, como gestor principal de su proceso de formación, debe participar de manera activa y oportuna en las diferentes actividades de aprendizaje, presenciales y/o virtuales, que conforman la ruta de aprendizaje. Los procesos de formación en el SENA promueven la responsabilidad de cada Aprendiz en la gestión de su proceso de aprendizaje, facilitando su acceso a diversas fuentes de conocimiento. De acuerdo con lo concertado entre el Instructor – Tutor y el Aprendiz, se evaluará el cumplimiento o no de las actividades de aprendizaje de la ruta de aprendizaje, así:

1. Incumplimiento justificado: El incumplimiento justificado del Aprendiz se da cuando deja de cumplir con la presentación de evidencias de aprendizaje, o participar en actividades de aprendizaje presenciales o virtuales pactadas en la ruta de aprendizaje, informando previamente al Instructor o a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su ocurrencia, presentando un soporte comprobable que explique dicho evento. Por ejemplo: incapacidades médicas, calamidad doméstica, trámites de etapa práctica u otras, debidamente soportadas que requieran la atención del Aprendiz.

Las incapacidades médicas que superen los treinta (30) días hábiles darán lugar a un aplazamiento, previa notificación al aprendiz.

2. Incumplimiento Injustificado: Es el incumplimiento del Aprendiz en la entrega de evidencias de aprendizaje o participación en actividades de aprendizaje presenciales o virtuales, pactadas en la ruta de aprendizaje, que no fueron reportadas ni justificadas por el Aprendiz al Coordinador Académico, previamente o dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su ocurrencia, o cuando la(s) razón(es) expuestas por el Aprendiz o el soporte presentado, no justifican el incumplimiento.

El Instructor o Tutor debe efectuar el seguimiento y reporte en el sistema para la gestión de la formación.

3. Revisión de los Resultados de Evaluación: En caso de que el Aprendiz esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor o tutor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el siguiente procedimiento:

- Presentar solicitud escrita de revisión ante el Instructor o tutor, orientador del proceso de formación que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentando los fundamentos del desacuerdo.
- Esta solicitud debe ser contestada por el Instructor o Tutor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.
- Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la respuesta recibida, el aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico correspondiente, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz.

4.- Deserción. Se considera deserción:
a. Cuando el aprendiz injustificadamente no se presenta a las actividades de su programa de formación, durante un mes continuo.
b. Cuando al terminar el periodo de aplazamiento aprobado por el SENA, el Aprendiz no reingresa al programa de formación.
c. Cuando transcurridos dos (2) años contados a partir de la fecha de terminación de la etapa lectiva del programa, el Aprendiz no ha presentado la evidencia de la realización de la etapa práctica.

Evidenciada una de éstas situaciones, el(los) Instructor(es) o la persona responsable del seguimiento respectivo, reportará(n) el hecho al Coordinador Académico, quien deberá enviar una comunicación al Aprendiz a la última dirección registrada en el sistema de información, solicitándole justificar su incumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío. Si el Aprendiz no responde, o no son justificadas las razones que exponga, el Subdirector de Centro de Formación expedirá el acto académico declarando la deserción por parte del aprendiz y ordenando la cancelación de su matrícula.

Contra esta decisión procede el recurso de reposición ante el Subdirector de Centro.

CAPITULO 8:
ARTÍCULO 18. Faltas que afectan el proceso de formación y la convivencia. Se consideran faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de formación y la convivencia, y que son los comportamientos, las prácticas, las omisiones, o actitudes que alteran el normal desarrollo de la formación, la convivencia en la comunidad educativa, o el desempeño académico del Aprendiz o de sus compañeros, y que al presentarse originan la necesidad de una medida sancionatoria y/o formativa.

ARTÍCULO 19. Clasificación de las faltas: Las faltas del Aprendiz pueden ser Académicas o Disciplinarias.

Faltas Académicas: Están relacionadas directamente con el compromiso del Aprendiz de apropiación y transferencia del conocimiento, así como el desarrollo de habilidades y competencias que le permitan su desempeño, y gestionar procesos de aprendizaje autónomo. Se configura la falta académica cuando el Aprendiz incurre con su actuación u omisión en una de las prohibiciones de carácter académico, incumple un deber de carácter académico, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter académico, señalado en este reglamento.

Faltas Disciplinarias: Están relacionadas directamente con factores comportamentales del Aprendiz. Se configura la falta disciplinaria cuando el Aprendiz incurre con su actuación u omisión en una de las prohibiciones de carácter disciplinario, incumple un deber de carácter disciplinario, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter comportamental señalado en este reglamento.

ARTICULO 20. Calificación de las faltas: Las faltas académicas y disciplinarias deben calificarse como:
- Leves
- Graves, o
- Gravísimas

ARTICULO 21. Criterios para calificar la falta: Para hacer la calificación provisional y la calificación definitiva de la(s) falta(s) en uno de los tres grados señalados anteriormente, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

1. Daño(s) causado(s) y sus efectos
2. Grado de participación del Aprendiz
3. Antecedentes del Aprendiz
4. Rendimiento del aprendiz en su proceso de formación
5. Confesión de la(s) falta(s)
6. Haber procurado, por iniciativa propia, resarcir el daño causado o compensar el perjuicio causado
7. Haber devuelto, restituido o reparado, el bien afectado con la conducta
8. Los parámetros de calificación señalados en este reglamento

PARÁGRAFO. Aquellas conductas que constituyan delito tipificado en el Código Penal Colombiano, deben ser además denunciadas por el servidor público que tenga conocimiento de ellas, ante la(s) autoridad(es) competente(s), de conformidad con lo establecido en el artículo 67 y 69 del Código de Procedimiento Penal y el numeral 24 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 - Código Disciplinario Único.

Artículo 14°.- ÁREA DE PROTECCIÓN Y SERVICIOS INSTITUCIONALES.


El Área De Protección y Servicios Institucionales tiene el propósito de orientar el ofrecimiento y
Fortalecimiento de servicios que minimicen algunas de las contingencias económicas y
Sociales de los alumnos que contribuyan a elevar su calidad de vida, y la culminación
Exitosa de su proceso formativo.
De acuerdo con las condiciones de cada Centro de Formación Profesional, sus
Prioridades y capacidad presupuestal, se sugieren las siguientes acciones:
a) Internados o Servicios de Hospedaje, para alumnos de formación titulada, en
Las condiciones que se establecen en el Artículo 16° de la presente Resolución.
b) Transporte Este servicio se prestará desde cada Centro de Formación Profesional,
Para la realización de actividades programadas como parte o complementación de
Las acciones de formación profesional denominadas jornadas o visitas técnicas.
Los Centros de Formación Profesional que se encuentren fuera del perímetro urbano
Y para los cuales no existe servicio público de transporte permanente, se prestará
Este servicio entre el Centro de Formación y el Centro urbano donde se facilite la
Movilidad de los alumnos a sus viviendas. Este servicio se prestará prioritariamente
A formación titulada cuya jornada exceda seis (6) horas diarias.
Este servicio podrá prestarse mediante el servicio automotor del SENA o mediante
Contrato con terceros. En cualquier caso podrá establecerse un sistema de piquetera
O de compensación, que el alumno adquirirá a un costo no mayor al 30% del valor
Del pasaje urbano de la ciudad respectiva.
c) Cafeterías, comedores y restaurantes, ya sea que su administración se
Establezca por contratación externa o en el marco de la política SENA proveedor
SENA.
d) Servicio médico o de enfermería, para atención de emergencias, que cubra a
Alumnos matriculados en programas de formación titulada, que no estén afiliados a
Los regímenes contributivo o subsidiario de salud y, de manera preferencial a los
Internos de los Centros Agropecuarios, ofrecido a través de convenios, alianzas o
Por contratación externa.
e) Póliza de seguro de accidentes para los Alumnos del Centro, de conformidad
Con reglamentación que para el efecto se adopte.
f) Aulas de informática, aulas itinerantes y de bilingüismo, salas de
Audiovisuales, salas de estudio y demás espacios de formación y permanencia de
Los alumnos.
g) Unidades de información: Bibliotecas, centros de documentación, bibliotecas
Virtuales y en red.
h) Servicio de fotocopiadora y de papelería, administrado por contratación
externa o por cooperativas de alumnos SENA.

INTEGRANTES: - JUAN SEBASTIAN PASCUAS OSORIO.
- LEONEL MARQUIN IPUZ.
- ALEJANDRO VARGAS ÁNGEL.

miércoles, 2 de marzo de 2011

perfil del aprendiz sena

PERFIL DEL APRENDIZ SENA
Libre Pensador: Con conciencia crítica, constructiva y respetuosa de las ideas
propias y las de los demás.
Con Capacidad Crítica: Que construye en sus críticas, un aporte a la solución de
los problemas
Solidario: Busca el bien y no solo el propio, se deja guiar por sus principios y
valores, comprometido con la sociedad y el entorno, para que Colombia crezca a través
de sus ideas, acciones y esfuerzos.
Líder: Es aquel que se atreve a ser creativo e impulsar un cambio en busca de nuevos
rumbos para transformar y mejorar una situación.
Visión: Tiene su visión puesta en el futuro y dirige sus energías hacia el cambio con
una actitud proactiva y optimista; facilita el trabajo colaborativo, es capaz de enfrentar







problemas complejos, ante los cuales no se muestra atemorizado, y tiene éxito al








enfrentar los diferentes tipos de crisis (familiares, económicas, políticas, espirituales,






etc.). Además de esto, es valiente, demuestra integridad y compromiso. Para actuar en







ambientes de trabajo, de forma independiente o vinculada a una empresa, donde se






generan situaciones imprevistas que requieren soluciones prácticas

martes, 1 de marzo de 2011

HIMNO SENA

vision sena

El SENA será una organización de conocimiento para todos los colombianos, innovando permanentemente en sus estrategias y metodologías de aprendizaje, en total acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.

mision sena

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional Integral gratuita, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.